Saltar al contenido
Último momento
Actualidad

El tribunal rechazó las nulidades y continuará el juicio contra el “Pity” Álvarez

5 min de lectura

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 29 rechazó los planteos de la defensa de Cristian “Pity” Álvarez y resolvió que el debate continúe con nuevos testigos.

Compartir

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 29 rechazó los pedidos de nulidad formulados por la defensa de Cristian Gabriel “Pity” Álvarez Congiú y resolvió continuar el juicio por el crimen de Cristian Maximiliano “Gringo” Díaz, ocurrido el 12 de julio de 2018 en Villa Lugano. La decisión se basó, entre otros elementos, en un dictamen del Cuerpo Médico Forense que consideró que el imputado puede comprender el proceso y ejercer su defensa.

La resolución fue adoptada durante la audiencia número 13 del debate oral. El tribunal está integrado por Gustavo Goerner, quien lo preside, y los jueces Juan María Ramos Padilla y Hugo Navarro.

La defensa, encabezada por Javier Baños y Sebastián Queijeiro, había pedido la nulidad del juicio y del dictamen del Cuerpo Médico Forense (CMF). También solicitó que se valoraran informes de instituciones psiquiátricas que, según expuso, describían riesgos para Álvarez y desaconsejaban su participación en audiencias, interrogatorios o traslados mientras permaneciera internado.

Por qué el tribunal mantuvo abierto el juicio contra Álvarez

El tribunal rechazó los planteos y sostuvo que no correspondía reiniciar el debate cuando ya se había producido la mayor parte de la prueba y restaban declarar testigos propuestos por la defensa.

Según la explicación atribuida al juez Goerner, anular el juicio no favorecería necesariamente al imputado: implicaría volver a atravesar la prueba en otro momento y prolongaría la incertidumbre sobre la causa. La fuente también señala que el magistrado mencionó el plazo de prescripción informado durante la audiencia, que sería de 12 años para estos hechos.

Ese dato fue expresado en el marco del debate y no reemplaza el análisis del delito imputado, su calificación legal ni el cómputo concreto que corresponda en el expediente.

Qué discutió la defensa sobre la pericia psiquiátrica

Los abogados cuestionaron la forma en que se elaboró el informe del CMF. Sostuvieron que sus peritos no habrían participado adecuadamente de la discusión y que las conclusiones se habrían definido antes del intercambio técnico.

También afirmaron que el dictamen no contempló informes de dos instituciones de salud mental. La defensa incorporó además un reporte de Solar Colonial, donde Álvarez se encuentra internado, que desaconsejaba su participación simultánea en un tratamiento y en actividades propias del proceso penal.

La presentación defensiva describió conductas atribuidas a Álvarez durante la evaluación forense. Sin embargo, el tribunal indicó que esos episodios no habían sido constatados de manera independiente y que fueron introducidos por manifestaciones de las partes.

El alcance del dictamen del Cuerpo Médico Forense

La fiscalía, a cargo del fiscal general Sandro Abraldes, pidió rechazar todos los planteos. Según su exposición, el informe del CMF indicó que las funciones psíquicas de Álvarez estaban compensadas, que no se observaban factores de alteración y que no existían cambios relevantes respecto de un estudio realizado en febrero, antes del comienzo del juicio.

La acusación diferenció la necesidad de tratamiento de la capacidad procesal. En términos prácticos, sostuvo que una persona puede requerir atención de salud mental y, al mismo tiempo, comprender que enfrenta un juicio y participar de su defensa. Esa fue la interpretación fiscal sobre la evaluación incorporada al debate.

La resolución informada por la fuente no equivale a una declaración sobre la responsabilidad penal de Álvarez. El tribunal decidió únicamente que el juicio puede continuar; la culpabilidad o inocencia deberá definirse en la sentencia.

Qué significa que se haya rechazado la nulidad

La nulidad es una herramienta procesal destinada a cuestionar actos realizados con defectos que pueden afectar garantías o producir perjuicio concreto. Su rechazo permite que el acto cuestionado conserve sus efectos dentro del proceso, aunque la decisión puede quedar sujeta a las vías de impugnación previstas por la legislación aplicable.

En este caso, el tribunal no consideró que los cuestionamientos al dictamen médico ni los argumentos sobre la tramitación del debate justificaran dejar sin efecto el juicio. La información disponible no precisa si la decisión fue recurrida, qué recurso se interpuso ni cuál sería el tribunal encargado de revisarla.

Cuándo continuará el debate oral

El tribunal fijó la continuación del debate para el viernes 16 de octubre, con la declaración de cuatro testigos propuestos por la defensa. La fuente no identifica el año de esa fecha, por lo que no corresponde presentarla como una convocatoria vigente sin consultar el expediente o la agenda oficial del tribunal.

La próxima etapa anunciada corresponde a la producción de prueba testimonial. Después deberán cumplirse las restantes instancias del debate, incluidos los alegatos y la deliberación, según el desarrollo efectivo de la causa. La nota de Clarín no informa una fecha para la sentencia.

Qué deben distinguir las partes y quienes siguen la causa

El rechazo de una nulidad no resuelve el fondo de la acusación. Tampoco transforma en definitiva la valoración de los informes médicos: esos elementos pueden ser discutidos en las oportunidades procesales correspondientes, de acuerdo con las reglas del debate y los recursos disponibles.

Para conocer el estado actual del expediente será necesario verificar la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal N° 29, las eventuales impugnaciones y las actas posteriores a la audiencia. La información publicada permite afirmar que el juicio continuaba y que el tribunal consideró acreditada, para esta etapa, la capacidad de Álvarez para comprender el proceso.

La continuidad del juicio no anticipa el resultado penal

La decisión mantiene en marcha el debate por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, pero no anticipa qué resolverá el tribunal sobre la acusación. El dato jurídicamente relevante es que, según la resolución informada, los planteos de nulidad no impidieron seguir con la prueba pendiente.

Seguí leyendo

Explorá más notas y secciones de DF Urgente.

Comentarios

Sé el primero en opinar

Todavía no hay comentarios en esta nota.

Compartí tu punto de vista abajo.

Dejá tu comentario

Tu email no se publicará. Respetamos tu privacidad.