Cadenas de oro falsas en Ituzaingó: investigan estafas y un robo armado
Una mujer de 70 años quedó imputada por maniobras con cadenas de oro falsas ofrecidas en Marketplace y por un robo agravado con armas. Recuperó la libertad y la Justicia rechazó su pedido para viajar a Misiones.

El caso de las cadenas de oro falsas en Ituzaingó quedó bajo investigación judicial luego de dos denuncias contra una mujer de 70 años que ofrecía joyas por Marketplace, utilizaba una identidad ficticia y habría intervenido en encuentros en los que las víctimas fueron engañadas o amenazadas con armas. La fiscalía dispuso medidas de prueba, ordenó un allanamiento y, tras la detención, le concedió la libertad bajo condiciones que todavía deben determinarse en el proceso.
La investigación por la venta de cadenas de oro falsas en Ituzaingó comenzó con dos denuncias presentadas por personas que habían respondido a publicaciones realizadas en Marketplace, la plataforma de compraventa vinculada con Facebook. En ambos casos, las víctimas creyeron que podían adquirir una cadena de oro de 18 kilates a un valor inferior al habitual en el mercado de joyas y alhajas.
Según la información difundida sobre el expediente, la sospechosa habría utilizado el perfil de “Beatriz Rosales”, aunque su identidad real sería Liliana Beatriz Villarruel, vecina de Ituzaingó. Las operaciones se concretaron en distintos puntos del centro de la localidad y terminaron con pérdidas económicas para las denunciantes. Uno de los episodios, además, fue encuadrado como un robo agravado por el uso de armas de fuego.
La causa tramita ante la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N.º 2 de Ituzaingó, a cargo de la fiscal María Alejandra Bonini. La pesquisa busca establecer si existieron más operaciones similares y si otras personas fueron perjudicadas sin haber realizado una denuncia formal.
cadenas de oro falsas: Cómo funcionaba la maniobra denunciada en Ituzaingó
La hipótesis fiscal sostiene que la mujer publicaba cadenas como si fueran piezas de oro auténticas y fijaba precios cercanos a los 900.000 pesos. El valor, presentado como una oportunidad, habría servido para atraer a compradores interesados en adquirir una joya a un costo menor que el de plaza. En este tipo de operaciones, la diferencia entre el precio ofrecido y el valor esperado del producto puede generar confianza, pero también debería llevar a extremar los controles antes de entregar dinero.
La primera víctima habría concertado un encuentro en la calle 24 de Octubre al 800. Cuando observó la cadena, advirtió que no era de oro. De acuerdo con la denuncia, la mujer estaba acompañada por un hombre que habría adoptado el rol de custodio. En ese momento, el acompañante habría exhibido un arma envuelta en una bolsa y exigido el pago pactado. La víctima entregó el dinero y ambos sospechosos se retiraron en un Chevrolet Corsa negro.
El segundo episodio tuvo lugar en las inmediaciones de la estación de trenes de Ituzaingó, en un local de comidas rápidas ubicado sobre la calle Zufriátegui al 900. La compradora habría pagado 880.000 pesos y, luego de retirarse, comprobó que la cadena tampoco era auténtica. Este hecho fue denunciado como una presunta estafa, a diferencia del primer caso, en el que se investiga además una intimidación armada.
Qué delitos se investigan y por qué la calificación puede variar
La fiscalía imputó a Villarruel por estafas, una de ellas en grado de tentativa, y por robo agravado por el uso de armas de fuego. La calificación legal es provisoria y puede modificarse a medida que avance la investigación, se incorporen peritajes y se determine con mayor precisión la participación de cada persona en los hechos.
En términos generales, la estafa prevista por el Código Penal argentino requiere una maniobra engañosa capaz de inducir a otra persona a realizar un acto de disposición patrimonial perjudicial. No alcanza con que un producto sea defectuoso o no cumpla con las expectativas del comprador: la investigación debe establecer si existió un engaño deliberado, cuál fue el perjuicio y qué relación hubo entre la conducta denunciada y la entrega del dinero.
El robo, en cambio, supone un apoderamiento ilegítimo de una cosa ajena mediante violencia o intimidación. La utilización de un arma de fuego puede agravar la respuesta penal, siempre que el hecho y las circunstancias puedan ser acreditados. También resulta relevante determinar si el arma era apta para el disparo, si fue secuestrada y cuál fue el rol concreto del acompañante mencionado por la primera víctima.
La referencia a una estafa en grado de tentativa indica que, para uno de los episodios, la maniobra no habría alcanzado a producir completamente el resultado económico buscado. Sin embargo, la delimitación definitiva dependerá de la prueba reunida y de las decisiones que adopten la fiscalía y el juzgado de garantías.
El allanamiento y el análisis del teléfono celular
Después de recibir las denuncias, la fiscalía vinculó ambos episodios y solicitó medidas para identificar a la persona que operaba detrás del perfil utilizado en Marketplace. La investigación habría permitido relacionar ese usuario con Villarruel y derivó en un allanamiento en su domicilio.
Durante el procedimiento, la Policía Bonaerense secuestró un teléfono celular. El dispositivo será sometido a peritajes para revisar comunicaciones, publicaciones, contactos, registros de llamadas y otros elementos que puedan ser útiles para la causa. El análisis digital puede aportar información sobre la existencia de más compradores, la coordinación de los encuentros y la eventual participación de otras personas.
El contenido de un teléfono no se incorpora automáticamente al expediente como prueba concluyente. Para que tenga valor procesal, debe ser obtenido y examinado de acuerdo con las reglas aplicables, con resguardo de la cadena de custodia y de las garantías constitucionales. La defensa, además, puede controlar o cuestionar la legalidad de las medidas y el alcance de los peritajes.
La investigación también deberá establecer si las cadenas fueron adquiridas para ser revendidas, si tenían algún tipo de baño o marca destinada a simular oro y si existió una organización previa para captar a las víctimas. No corresponde afirmar que todos esos extremos estén acreditados: por ahora forman parte de las líneas de trabajo que podrían surgir de la prueba pendiente.
Por qué recuperó la libertad después de la detención
La detención no equivale a una condena ni determina por sí sola que la persona deba permanecer encarcelada durante todo el proceso. En el caso informado, la mujer recuperó la libertad porque no registraría antecedentes penales y por la calificación legal provisoria de los hechos atribuidos. La decisión debe interpretarse dentro de las reglas procesales sobre riesgos concretos de fuga o de entorpecimiento de la investigación.
La prisión preventiva es una medida cautelar, no una pena anticipada. Para imponerla, los tribunales deben evaluar si existen motivos suficientes para considerar que la persona imputada podría sustraerse del proceso o afectar la producción de prueba. También se ponderan la gravedad del hecho, la expectativa de pena, el arraigo, la conducta procesal y otras circunstancias particulares.
La libertad puede quedar sujeta a obligaciones, como fijar domicilio, presentarse ante una autoridad, no contactar a determinadas personas o pedir autorización antes de salir de una jurisdicción. El contenido concreto de esas reglas depende de la resolución dictada en el expediente. Por eso, la situación procesal de la acusada no implica que la investigación haya terminado ni que las denuncias hayan sido descartadas.
El pedido para viajar a Misiones y el control sobre la imputada
Luego de recuperar la libertad, Villarruel presentó ante la UFI N.º 2 un pedido para viajar a las Cataratas del Iguazú, en Misiones, junto con su pareja. La solicitud fue rechazada por la fiscalía. La decisión se vincula con la necesidad de asegurar que la imputada permanezca a disposición de la Justicia mientras se desarrollan las medidas pendientes.
Un pedido de viaje no se resuelve únicamente por el destino elegido o por el motivo personal invocado. La autoridad judicial debe evaluar el estado de la causa, la duración del traslado, la posibilidad de cumplir citaciones, el riesgo de evasión y las reglas que hayan sido impuestas al conceder la libertad. Según el caso, la autorización puede ser concedida, limitada o denegada.
La negativa de la fiscalía tampoco constituye una declaración de culpabilidad. Se trata de una decisión vinculada con la conducción de la investigación y con la necesidad de preservar la comparecencia de la persona imputada. Las partes pueden plantear sus argumentos y, si corresponde, recurrir ante la autoridad judicial competente.
Qué deben revisar quienes compran joyas por internet
El caso ofrece pautas concretas para quienes realizan operaciones de alto valor mediante plataformas digitales. Antes de transferir dinero o concurrir a un encuentro, es aconsejable verificar la identidad del vendedor, pedir documentación de la pieza, consultar el peso y la pureza declarada y solicitar una evaluación independiente en una joyería o comercio especializado.
También es importante conservar capturas de la publicación, conversaciones, comprobantes de pago, datos del perfil, números telefónicos y cualquier información sobre el vehículo o el lugar de encuentro. Esos elementos pueden resultar relevantes al momento de denunciar una posible estafa. Si durante la operación aparecen amenazas, armas o exigencias de dinero, la prioridad debe ser preservar la integridad física y comunicarse de inmediato con las autoridades.
Las plataformas de compraventa no reemplazan la verificación comercial ni garantizan por sí mismas la autenticidad de una joya. Un perfil con nombre ficticio, una oferta muy inferior al valor habitual, la negativa a entregar comprobantes o la presión para pagar rápidamente son circunstancias que justifican suspender la operación.
Cómo puede influir la causa en la prueba digital y la responsabilidad de las plataformas
El uso de Marketplace introduce una dimensión digital en una investigación que también tiene componentes presenciales. Las publicaciones, mensajes y datos de conexión pueden ayudar a reconstruir la secuencia de los hechos, aunque su obtención depende de requerimientos formales y de la cooperación de los servicios involucrados. La existencia de un perfil en una red social no demuestra, por sí sola, quién lo administraba ni quién intervino en cada encuentro.
Para las personas afectadas, documentar la operación desde el primer contacto puede ser decisivo. Para los comercios y usuarios que ofrecen productos, la identificación clara, la descripción veraz y la entrega de comprobantes reducen conflictos y facilitan demostrar cómo se desarrolló una transacción. En los procesos penales, la evidencia digital debe conectarse con otros elementos, como testimonios, registros de cámaras, peritajes de objetos y movimientos económicos.
La causa de Ituzaingó continuará dependiendo de esos elementos: el resultado del análisis del teléfono, la identificación del acompañante, la eventual localización de más víctimas y la verificación técnica de las cadenas. Hasta que exista una resolución firme, corresponde hablar de personas investigadas y de hechos denunciados, sin presentar las imputaciones como una condena.
La investigación por las cadenas de oro falsas en Ituzaingó muestra la importancia de denunciar rápidamente, preservar la evidencia y cumplir las condiciones fijadas por la Justicia. Para compradores y vendedores, la prudencia en operaciones digitales de alto valor puede evitar pérdidas; para el expediente, cada conversación, comprobante y peritaje puede ser determinante para establecer qué ocurrió y quiénes participaron.
Fuente original: Clarín.
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