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El STJ de Entre Ríos analizó cambios para el fuero de Familia

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El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos recibió las conclusiones de las Jornadas del Fuero de Familia y evaluó propuestas sobre oralidad, especialización en segunda instancia y asistencia para quienes trabajan en el sistema judicial.

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El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos recibió las conclusiones de las Jornadas del Fuero de Familia realizadas en Victoria y analizó distintas propuestas vinculadas con la oralidad, la especialización judicial y las condiciones de trabajo en este ámbito. La reunión incluyó la posibilidad de avanzar hacia el dictado de sentencias en audiencias videograbadas y la creación de órganos con competencia específica en Familia y Niñez.

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos recibió las conclusiones de las Jornadas del Fuero de Familia, un encuentro en el que representantes de la magistratura, del funcionariado y de las organizaciones judiciales debatieron medidas destinadas a mejorar la respuesta institucional en procesos que involucran relaciones familiares, derechos de niños, niñas y adolescentes y situaciones de especial vulnerabilidad.

Para ampliar el marco general del tema, conviene revisar también esta fuero de Familia en Entre Ríos como referencia de contexto.

La reunión se realizó con la participación del presidente del STJ, Emilio Castrillon; el vocal del tribunal, Martín Carbonell; la presidenta de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos, Gabriela López Arango; la secretaria general adjunta de la Asociación Judicial de Entre Ríos, Mabel Pedrero; y el vocal de la Cámara II Civil y Comercial de Paraná, Rodolfo Jáuregui.

Según informó el Poder Judicial entrerriano, el encuentro permitió revisar las conclusiones alcanzadas durante las jornadas desarrolladas en Victoria el 1 de noviembre. Entre los asuntos tratados se destacó la continuidad de la implementación progresiva del principio de oralidad en aquellos procesos en los que, por su naturaleza, resulte posible aplicarlo de manera amplia.

fuero de Familia en Entre Ríos: El STJ de Entre Ríos recibió propuestas para reforzar el fuero de Familia

La recepción de las conclusiones no implica, por sí misma, la aprobación automática de cada medida planteada. Se trata de un espacio institucional de análisis en el que las autoridades judiciales tomaron conocimiento de propuestas relacionadas con la organización de los tribunales, la gestión de los expedientes y las herramientas disponibles para resolver conflictos familiares.

En el derecho de familia, las decisiones judiciales suelen involucrar aspectos personales, vínculos parentales, alimentos, cuidado personal, comunicación, violencia y protección de niños, niñas y adolescentes. Por esa razón, los tiempos del proceso y la capacidad del tribunal para escuchar a las partes pueden tener una importancia concreta en la tutela efectiva de derechos.

El material difundido por el Poder Judicial de Entre Ríos señala que la oralidad fue uno de los ejes principales de las deliberaciones. La propuesta apunta a sostener una modalidad que permita concentrar determinados actos procesales, favorecer el contacto directo con quienes intervienen y reducir demoras cuando las características del expediente lo permitan.

La oralidad podría incluir sentencias en audiencias videograbadas

Una de las conclusiones analizadas fue continuar con la implementación progresiva del principio de oralidad, incluso con la posibilidad de dictar sentencia en una audiencia registrada en video. Esta herramienta debe entenderse dentro de las reglas procesales aplicables y de las garantías que tienen las partes durante el trámite judicial.

La oralidad no significa que todos los procesos deban resolverse del mismo modo ni que desaparezca la documentación escrita. Su aplicación depende de la naturaleza del conflicto, de la prueba que deba producirse, de la intervención de personas especialmente protegidas y de las condiciones técnicas y jurídicas que aseguren la transparencia del procedimiento.

En la práctica, una audiencia videograbada puede facilitar el registro de las declaraciones, permitir una revisión posterior y dejar constancia más completa de lo ocurrido ante el órgano judicial. Sin embargo, también exige criterios claros sobre conservación, acceso, seguridad, protección de datos personales y resguardo de la intimidad familiar.

El presidente del STJ manifestó que avanzar en esta línea constituye una política del Poder Judicial entrerriano y sostuvo que el sistema de oralidad había ofrecido resultados satisfactorios y respuestas más rápidas. La afirmación fue realizada en el marco de la reunión y no supone que todos los fueros ni todos los expedientes se encuentren sometidos a idéntico esquema.

La especialización en Familia y Niñez también fue planteada para las apelaciones

Otra de las propuestas comunicadas a las autoridades fue la creación de, al menos, dos cámaras con competencia específica en materia de Familia y Niñez, una por cada costa de la provincia. Como alternativa, se planteó la creación de cargos o cupos especializados dentro de las salas civiles y comerciales de las cámaras de apelaciones.

El objetivo indicado fue cumplir con el principio de especialidad también en la segunda instancia. La referencia se vinculó con el artículo 706 del Código Civil y Comercial de la Nación, norma que establece pautas generales para los procesos de familia, entre ellas la especialización de los órganos que intervienen, la resolución pacífica de los conflictos y la consideración del interés superior de niños, niñas y adolescentes.

La discusión sobre la segunda instancia resulta relevante porque una apelación en materia de familia no se limita a una cuestión formal. Las cámaras deben revisar decisiones sobre derechos personales y familiares que pueden producir efectos inmediatos en la vida cotidiana de las personas. La experiencia específica en este tipo de litigios puede contribuir a interpretar la prueba y las particularidades del conflicto con mayor precisión.

La propuesta presentada no equivale a la creación efectiva de nuevas cámaras. Para que una modificación de ese alcance se concrete, deberían definirse aspectos institucionales, presupuestarios, reglamentarios y de competencia territorial. Mientras tanto, la alternativa de reservar espacios dentro de las cámaras existentes también fue incorporada al debate.

El trabajo judicial en conflictos familiares requiere apoyo institucional

Las jornadas también identificaron la necesidad de contar con espacios institucionalmente habilitados por el STJ para la reflexión y el diálogo de trabajadores y trabajadoras del Poder Judicial que se desempeñan en el fuero de Familia. La iniciativa parte de las características particulares de una actividad en la que se analizan conflictos intensos y situaciones de vulnerabilidad.

El trabajo cotidiano en este ámbito puede incluir entrevistas con personas atravesadas por separaciones, disputas de cuidado, reclamos alimentarios, violencia u otras circunstancias delicadas. Esa exposición exige capacitación, coordinación y mecanismos adecuados para abordar las dificultades que pueden surgir durante la tramitación de los expedientes.

En ese contexto, también se propuso incorporar el apoyo y la contención de un profesional especializado en psicología laboral para atender problemáticas vinculadas con la salud de magistrados, funcionarios y demás operadores judiciales. La propuesta no modifica las reglas del proceso, pero apunta a fortalecer las condiciones institucionales en las que se presta el servicio de justicia.

La existencia de espacios de diálogo no reemplaza los canales formales para denunciar situaciones laborales ni las obligaciones de los organismos públicos en materia de seguridad y salud en el trabajo. Su función, según el planteo difundido, sería ofrecer herramientas de reflexión, prevención y acompañamiento frente a las consecuencias que puede producir la tarea.

Qué cambia para quienes tramitan un expediente de familia

Para las personas que tienen una causa en Entre Ríos, las conclusiones de las jornadas no implican por sí mismas un cambio inmediato en el procedimiento aplicable. La modalidad de cada expediente depende del tribunal competente, de la etapa procesal, del tipo de conflicto y de las normas vigentes. Por eso, cualquier modificación concreta debería ser comunicada mediante las vías oficiales correspondientes.

Si se implementan nuevas audiencias orales o videograbadas, las partes deberán prestar atención a las notificaciones, las fechas fijadas y las condiciones de participación. La comparecencia, la asistencia letrada, la presentación de documentación y la producción de prueba deben ajustarse a las instrucciones del juzgado o tribunal interviniente.

En los procesos que involucran a niños, niñas y adolescentes, la celeridad debe compatibilizarse con el derecho de defensa y con la obligación de adoptar decisiones fundadas. Una tramitación más rápida no autoriza a omitir medidas necesarias para conocer la situación familiar ni a prescindir de las garantías de quienes participan del proceso.

También es importante diferenciar una propuesta institucional de una resolución judicial aplicable. Las conclusiones de una jornada pueden orientar políticas públicas o decisiones de organización, pero no sustituyen una ley, un reglamento, una acordada ni una sentencia. Ante una duda puntual, las personas deben consultar el expediente, las notificaciones oficiales y a su abogado o abogada.

La especialización del fuero puede mejorar la información jurídica disponible

Desde la perspectiva del acceso a la justicia, la eventual especialización de las cámaras podría favorecer criterios más consistentes en asuntos de Familia y Niñez. Para que ese resultado se concrete, no alcanza con modificar la denominación de un órgano: también se requieren formación específica, equipos adecuados, reglas de competencia claras y capacidad suficiente para evitar nuevos retrasos.

La oralidad, por su parte, puede aportar mayor inmediación y concentración, aunque su eficacia depende de la infraestructura, de la capacitación y de la correcta gestión de los registros audiovisuales. La tecnología aplicada al expediente judicial debe preservar la confidencialidad de la información y garantizar que las partes puedan ejercer sus derechos en condiciones equivalentes.

Para estudios jurídicos, organismos públicos y organizaciones que acompañan a familias, estos cambios potenciales hacen necesario seguir las acordadas, reglamentos y comunicaciones del STJ. La planificación de una estrategia procesal no debería basarse solamente en anuncios generales, sino en las reglas efectivamente vigentes en el tribunal que interviene.

La reunión entre las autoridades del Superior Tribunal y las entidades representativas del ámbito judicial dejó planteadas líneas de trabajo sobre oralidad, especialidad y salud laboral. Su importancia práctica dependerá de las decisiones posteriores que adopte el Poder Judicial y de la forma en que esas medidas se incorporen al funcionamiento cotidiano del fuero de Familia en Entre Ríos.

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