Fallo Pace: revisión de la prueba pericial en juicios por jurados
El Tribunal de Casación Penal bonaerense admitió revisar una decisión sobre prueba pericial y confirmó que dos peritos no declararan en un juicio por jurados por riesgo de perjuicio indebido y de invasión de las funciones del jurado.

El fallo Pace fijó criterios relevantes sobre la admisibilidad de la prueba pericial en los juicios por jurados de la provincia de Buenos Aires. La Sala I del Tribunal de Casación Penal hizo lugar al recurso presentado por la defensa y mantuvo la decisión del juez que dirigía el debate, quien había impedido la declaración de dos peritos convocados por la fiscalía para exponer las conclusiones de una autopsia psicológica realizada sobre la víctima en una causa por femicidio.
La resolución no se limitó a discutir la incorporación de una evidencia concreta. También examinó cuándo una decisión sobre admisibilidad puede ser revisada durante el proceso penal y qué límites deben observarse cuando una parte pretende introducir conocimientos expertos que podrían influir en la valoración de los hechos reservada al jurado popular.
Para ampliar el marco general del tema, conviene revisar también esta prueba pericial en juicios como referencia de contexto.
prueba pericial en juicios: El fallo Pace y la discusión sobre la prueba pericial
La controversia se originó cuando el juez a cargo del juicio por jurados consideró inadmisible la declaración de dos profesionales que habían realizado una autopsia psicológica de la víctima. La fiscalía pretendía que ambos expusieran sus conclusiones para acreditar el contexto de violencia de género invocado en la acusación.
Según el criterio sostenido en la decisión revisada, la prueba no superaba los parámetros exigibles para ingresar al debate. El juez entendió que la declaración podía generar un perjuicio indebido y, al mismo tiempo, desplazar al jurado de su función esencial: determinar los hechos a partir de la evidencia producida en el juicio.
La fiscalía impugnó esa decisión ante la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial La Plata. Luego de que ese tribunal admitiera el recurso, la defensa técnica acudió ante la Casación Penal. La Sala I declaró admisible y procedente la impugnación defensista y confirmó la exclusión de los peritos.
Qué se resolvió sobre la autopsia psicológica
La sentencia no afirmó que toda autopsia psicológica sea inadmisible ni estableció una prohibición general para que especialistas intervengan en causas de violencia de género. El análisis se concentró en la forma en que la fiscalía pretendía utilizar esa evidencia y en la insuficiencia de los fundamentos ofrecidos para demostrar que su incorporación resultaba pertinente, confiable y necesaria.
La autopsia psicológica es una técnica retrospectiva que procura reconstruir determinados aspectos de la vida, la conducta o el estado mental de una persona fallecida a partir de entrevistas, documentos, antecedentes y otros elementos. Por sus características, sus conclusiones pueden involucrar inferencias complejas y exigir un control especialmente cuidadoso durante la etapa de admisión.
En un juicio por jurados, la presentación de una conclusión pericial no es neutral. Una afirmación formulada por un experto puede adquirir una autoridad especial frente a quienes deben decidir sobre la existencia de los hechos y la responsabilidad penal. Por eso, la decisión destaca que la prueba experta no puede convertirse en una vía indirecta para que el perito resuelva cuestiones que corresponden exclusivamente al jurado.
Perjuicio indebido y funciones reservadas al jurado
Uno de los ejes de la resolución fue el criterio de perjuicio indebido. La admisión de una prueba no depende únicamente de que tenga alguna relación con el caso. También es necesario valorar si su efecto persuasivo, emocional o confuso puede superar su utilidad concreta para esclarecer un punto controvertido.
En causas por femicidio, la referencia al contexto de violencia de género puede resultar jurídicamente relevante para la acusación. Sin embargo, esa relevancia no elimina la obligación de demostrar mediante evidencia adecuada qué hechos integran ese contexto, cómo se vinculan con la imputación y por qué la intervención de los expertos aporta información que el tribunal o el jurado no podrían valorar directamente.
La Casación también advirtió sobre el riesgo de usurpación de las funciones del jurado. Los expertos pueden explicar métodos, datos y conclusiones técnicas dentro de su campo de conocimiento, pero no deben sustituir la tarea de reconstruir los hechos ni emitir valoraciones que impliquen decidir la culpabilidad del acusado.
La diferencia entre explicar y decidir
La distinción es central para ordenar la prueba pericial. Un especialista puede describir el procedimiento empleado, las fuentes consultadas, los límites de la técnica y el grado de respaldo de sus conclusiones. Otra cuestión es que presente como demostrada una interpretación integral de la historia de la víctima o del vínculo con el acusado, de modo tal que el jurado reciba una conclusión cerrada sobre aspectos que debe ponderar por sí mismo.
Este límite también protege el derecho de defensa. La parte contraria debe poder conocer con precisión qué se pretende acreditar, cuestionar la metodología utilizada y discutir la solidez de las inferencias. Si el objeto de la pericia es demasiado amplio o sus conclusiones se confunden con la decisión sobre los hechos, el control contradictorio puede resultar insuficiente.
Cuándo puede revisarse la admisibilidad de una prueba
Otro aporte relevante del fallo Pace se vincula con la posibilidad de revisar las decisiones adoptadas durante la preparación o el desarrollo del juicio. La resolución sostuvo que, aunque las decisiones sobre admisibilidad suelen estar relacionadas con la organización del debate, existe un margen de revisión cuando la admisión o el rechazo de una prueba resulta manifiestamente arbitrario.
La regla no convierte cada discrepancia procesal en una instancia automática de apelación. La intervención de un tribunal revisor exige identificar un agravio concreto y una decisión que se aparte de los criterios legales y racionales aplicables. De ese modo, se procura equilibrar dos necesidades: evitar interrupciones permanentes del juicio y permitir que se corrijan decisiones capaces de afectar de manera grave las garantías del proceso.
Para las defensas, esta posibilidad resulta significativa cuando se incorpora evidencia con alto impacto emocional o con una apariencia de autoridad científica que podría condicionar al jurado. Para las acusaciones, el criterio exige justificar desde el ofrecimiento de la prueba cuál es su objeto, cuál es su utilidad y por qué no invade la función decisoria del tribunal popular.
La continuidad con el precedente Suárez
La Sala I vinculó el análisis del caso con conceptos desarrollados previamente en el precedente Suárez. En lugar de tratar la admisibilidad como una decisión puramente discrecional, la jurisprudencia procura sistematizar reglas para evaluar la legalidad y la racionalidad de la prueba.
Ese enfoque busca que las partes y los jueces cuenten con parámetros previsibles. Entre ellos aparecen la pertinencia de la evidencia, su capacidad real para probar un hecho controvertido, la confiabilidad del método, el riesgo de confusión o prejuicio y el respeto por las funciones que corresponden a cada sujeto procesal.
La importancia de los precedentes reside en que permiten desarrollar criterios aplicables a situaciones concretas sin depender exclusivamente de fórmulas abstractas. En materia probatoria, donde las técnicas y los tipos de evidencia pueden variar significativamente, una jurisprudencia consistente puede orientar la litigación y reducir decisiones contradictorias.
Qué deben revisar las partes antes de ofrecer peritos
El fallo ofrece pautas prácticas para fiscales y defensores. La parte que ofrece una pericia debería explicar con precisión qué hecho pretende demostrar, qué conocimientos especiales justifican la intervención del experto y cuál es la relación entre el método empleado y la conclusión propuesta.
También resulta necesario diferenciar los datos observados de las inferencias elaboradas. Una conclusión basada en entrevistas indirectas, antecedentes documentales o reconstrucciones retrospectivas requiere que se identifiquen sus fuentes, sus márgenes de incertidumbre y las posibles explicaciones alternativas.
La contraparte, por su parte, puede cuestionar la admisibilidad antes del juicio o durante la audiencia correspondiente. Entre los puntos relevantes se encuentran la falta de base empírica, la imprecisión del objeto pericial, la utilización de conceptos psicológicos para responder cuestiones jurídicas y el riesgo de que el experto anticipe al jurado una valoración global de la prueba.
La discusión no debe confundirse con el valor probatorio que finalmente tendrá la evidencia. Primero corresponde determinar si la prueba puede ingresar al debate. Luego, una vez producida y sometida a contradicción, el tribunal o el jurado deberán establecer qué peso le asignan. El fallo muestra que ambas etapas están relacionadas, pero no son intercambiables.
El lugar del precedente en el derecho probatorio penal
La resolución se inscribe en una concepción del derecho probatorio que asigna un papel importante a la jurisprudencia. El planteo también aparece desarrollado por Alberto Binder en el tomo VIII de su Tratado de Derecho Procesal Penal, dedicado a la teoría de la prueba, donde se analiza la necesidad de construir reglas para el razonamiento probatorio y reducir los márgenes de arbitrariedad.
Desde esta perspectiva, los precedentes pueden precisar cómo deben aplicarse las normas generales frente a problemas que no siempre están resueltos de manera detallada por la legislación. El objetivo no es reemplazar la ley, sino desarrollar criterios de control que permitan evaluar si una decisión sobre la prueba está fundada, respeta el contradictorio y protege la imparcialidad del juicio.
La referencia a los casos Pace y Suárez adquiere así una dimensión institucional. Las reglas sobre prueba pericial no quedan limitadas a una disputa particular, sino que pueden orientar futuras decisiones en procesos con jurados, especialmente cuando se utilicen conocimientos técnicos vinculados con la psicología, la violencia de género o la reconstrucción de estados mentales.
Qué cambia para la litigación y la visibilidad jurídica del caso
Desde el punto de vista jurídico, el fallo Pace ofrece un parámetro para discutir la admisión de pericias que combinan elementos técnicos con interpretaciones sobre la conducta de una persona fallecida. Fiscales, defensores y jueces deberán prestar mayor atención al objeto de la prueba y a la posibilidad de que una conclusión experta termine reemplazando la valoración que corresponde al jurado.
La decisión también puede adquirir relevancia para la investigación y el seguimiento profesional de la jurisprudencia bonaerense. Su utilidad no depende de titulares amplios, sino de la identificación precisa de los criterios aplicados: perjuicio indebido, límites de la prueba pericial, resguardo de las funciones del jurado y revisión excepcional de decisiones manifiestamente arbitrarias.
La información original sobre la resolución fue publicada por Pensamiento Penal. Para quienes intervienen en procesos penales, la lectura completa permite examinar el razonamiento del tribunal y distinguir la regla general de las particularidades del caso.
El fallo no elimina la posibilidad de utilizar prueba experta en investigaciones por violencia de género. Exige, en cambio, que su incorporación esté justificada, sea controlable por la defensa y no prive al jurado de la tarea de establecer los hechos. Esa delimitación aporta una herramienta concreta para discutir la legalidad de la evidencia antes de que influya en la decisión final.
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