España cierra el registro de candidaturas para las elecciones del 29 de noviembre
Los partidos y coaliciones españoles deben presentar sus listas hasta la medianoche del lunes. Luego se abrirá un plazo para subsanar irregularidades antes de la proclamación definitiva.

Los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores de España tienen hasta la medianoche del lunes para registrar sus candidaturas al Congreso de los Diputados y al Senado para las elecciones generales del 29 de noviembre, según informó la agencia de noticias citada por Infobae. El procedimiento continuará con la revisión de las Juntas Electorales Provinciales, la eventual subsanación de errores y la proclamación de las listas.
El vencimiento del plazo de presentación define qué fuerzas competirán formalmente en las elecciones generales españolas del 29 de noviembre. Las candidaturas deberán registrarse ante los órganos electorales competentes y, una vez revisadas, serán publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de acuerdo con el cronograma consignado por la fuente original.
Qué plazo vence para registrar las candidaturas
Partidos políticos, federaciones, coaliciones electorales y agrupaciones de electores pueden presentar sus listas hasta las 24 horas del lunes. La inscripción comprende las candidaturas para ambas cámaras de las Cortes Generales: el Congreso de los Diputados y el Senado.
La fuente señala que las listas se publicarían inicialmente en el BOE el miércoles 28 de octubre. Esa publicación permite hacer públicas las candidaturas registradas antes de que concluya el control de legalidad electoral.
Cómo continúa el trámite después de la presentación
Después del cierre del registro, las Juntas Electorales Provinciales dispondrán de dos días para comunicar las irregularidades que adviertan o que hayan sido denunciadas respecto de las candidaturas. Las organizaciones notificadas tendrán entonces 48 horas para corregir o completar la documentación observada.
Una vez finalizada esa etapa, las Juntas deberán proclamar las candidaturas hasta el 2 de noviembre. La publicación oficial de las listas proclamadas está prevista para el día siguiente, según el calendario reproducido en la información de Infobae.
Qué organizaciones pueden competir
Pueden presentar candidaturas los partidos y federaciones inscritos en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior español. También pueden hacerlo las coaliciones electorales constituidas dentro del plazo correspondiente y las agrupaciones de electores que reúnan los apoyos exigidos.
La noticia informa que para estos comicios se constituyeron nueve coaliciones: algunas concurren exclusivamente al Congreso, otras al Senado y varias tienen alcance autonómico y se presentan para las dos cámaras. La comparación con 2023 indica que entonces se registraron doce coaliciones, aunque esa referencia pertenece a la información de la fuente y no implica por sí misma una evaluación sobre la oferta electoral.
Qué avales deben reunir las fuerzas sin representación
Los partidos, federaciones y coaliciones que no obtuvieron representación en ninguna de las dos cámaras en las elecciones generales anteriores deben reunir firmas equivalentes, como mínimo, al 0,1% de los electores inscritos en el censo de cada circunscripción en la que quieran presentarse.
La exigencia también alcanza a las agrupaciones de electores, pero con un umbral del 1% del electorado censado en la circunscripción correspondiente. Además, una misma persona no puede avalar a más de una candidatura.
La información menciona como ejemplos a Se Acabó la Fiesta (SALF), vinculada en la nota al eurodiputado Luis “Alvise” Pérez, y a Democracia 21, coalición formada con Ciudadanos y UCIN, que pretende competir en Madrid y Barcelona. La presentación de esas listas no equivale todavía a su proclamación definitiva: deben superar la revisión de los requisitos electorales.
Qué cambia con las listas cremallera
Las candidaturas al Congreso deben respetar por primera vez en unas elecciones generales el sistema de alternancia entre mujeres y hombres, conocido como lista cremallera. La fuente atribuye esta modificación a la Ley Orgánica 2/2024, de representación paritaria.
El régimen anterior exigía que cada sexo representara al menos el 40% y no más del 60% de las candidaturas, con controles adicionales por tramos de cinco puestos. El nuevo esquema reemplaza esa proporción por una ordenación alternativa de mujeres y hombres en el conjunto de la candidatura.
Según la información difundida, la regla debe aplicarse sin separar titulares y suplentes. También se extiende a las candidaturas agrupadas para el Senado. El cumplimiento será revisado durante el trámite de control electoral y puede dar lugar a observaciones o a la necesidad de subsanar la lista.
Qué aspectos todavía deben definirse
El cierre del registro permitirá conocer la composición definitiva de varias candidaturas. Entre las cuestiones pendientes mencionadas por la fuente se encuentra la decisión de Vox sobre su participación en determinadas circunscripciones del Senado y la configuración de la alianza entre el PSOE y Frente Amplio para esa cámara.
La información también destaca que Frente Amplio concurrirá en la Cámara Baja bajo el liderazgo de Ada Colau y Emilio Delgado, sin un acuerdo general con Podemos, salvo en Canarias y la Comunidad Valenciana. Para el Senado, se menciona una coalición entre el PSOE y Frente Amplio en distintas circunscripciones, con excepciones en Cataluña, Canarias y Baleares.
Qué debe revisar el elector antes de la proclamación
Hasta que las Juntas Electorales Provinciales proclamen las candidaturas y estas se publiquen oficialmente, el registro inicial no debe confundirse con una lista definitiva. Pueden existir errores documentales, incumplimientos de avales o problemas en la composición paritaria que deban corregirse dentro del plazo legal.
Por eso, para conocer quiénes competirán finalmente y en qué circunscripción, el dato relevante será la publicación oficial de las candidaturas proclamadas en el BOE. La noticia de origen informa el cronograma, pero no incorpora en este material la resolución electoral ni el texto oficial que permita verificar de manera independiente cada fecha y requisito.
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