Transferencia penal a la Ciudad: el Senado dictaminó los convenios
El Senado emitió dictámenes favorables para transferir nuevas competencias penales a la Ciudad de Buenos Aires. La aprobación definitiva todavía requiere el tratamiento del Congreso y de la Legislatura porteña.

La transferencia penal a la Ciudad de Buenos Aires avanzó en el Senado luego de que las comisiones emitieran dictámenes favorables sobre dos convenios que amplían las facultades locales para investigar y juzgar delitos no federales. La medida incluye un acuerdo específico para adolescentes de entre 14 y 18 años y un cuarto convenio referido a delitos cometidos por personas adultas. El proceso aún no está concluido: para que entre en vigencia deberá ser aprobado por ambas cámaras del Congreso Nacional y por la Legislatura porteña.
La transferencia penal a la Ciudad de Buenos Aires dio un nuevo paso institucional. Durante el tratamiento de dos expedientes en el Senado, representantes del Poder Ejecutivo, magistrados nacionales y autoridades porteñas expusieron sobre las consecuencias constitucionales, presupuestarias y operativas de ampliar la competencia de la Justicia de la Ciudad.
Para ampliar el marco general del tema, conviene revisar también esta transferencia penal a la Ciudad como referencia de contexto.
Los dictámenes favorables dejaron habilitado el debate en el recinto de la Cámara alta, pero no equivalen todavía a la aprobación definitiva de los convenios. El esquema requiere la intervención del Congreso Nacional y de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Hasta que esas instancias se completen, los tribunales que actualmente intervienen conservarán sus atribuciones conforme al régimen vigente.
La información fue difundida por el portal del Poder Judicial porteño en su reporte sobre la exposición ante el Senado y los convenios de transferencia. El contenido permite reconstruir el alcance de la iniciativa y las posiciones expresadas por los funcionarios y magistrados que participaron de la discusión.
Qué expedientes avanzaron en el Senado
El debate se concentró en dos instrumentos diferentes, aunque vinculados por la discusión sobre la autonomía porteña y la distribución de competencias penales. El primero es el denominado Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Criminal y Correccional de Menores. Su objetivo es que la Ciudad asuma la competencia plena sobre los delitos no federales atribuidos a adolescentes de entre 14 y 18 años, siempre que el convenio sea ratificado por los órganos legislativos correspondientes.
El segundo expediente corresponde al Cuarto Convenio de Transferencia Progresiva de Competencias Penales. Ese acuerdo contempla delitos que hoy no se encuentran íntegramente bajo la órbita de la Justicia porteña, entre ellos figuras contra el honor, la integridad sexual, la libertad y la seguridad del tránsito. También incorpora determinados delitos previstos en leyes especiales.
La aprobación de los dictámenes constituye una instancia preparatoria. El Senado deberá tratar los proyectos en el recinto y, posteriormente, el proceso legislativo deberá continuar según el procedimiento que corresponda en la Cámara de Diputados y en la Legislatura de la Ciudad. La aplicación efectiva dependerá, además, de la implementación institucional y presupuestaria que acompañe la transferencia.
El alcance previsto para adolescentes de 14 a 18 años
Uno de los puntos más sensibles del acuerdo es el régimen aplicable a jóvenes de entre 14 y 18 años. De acuerdo con lo expuesto durante la reunión, una nueva normativa nacional vinculada con la edad de imputabilidad y con la extensión del régimen a distintos delitos generaría un ámbito penal que, según la interpretación planteada por las autoridades porteñas, debería ser asumido por la Ciudad en virtud de su competencia local.
La eventual transferencia no se limita a mover expedientes de un tribunal a otro. Implica definir qué fiscalías investigarán, qué jueces controlarán las decisiones durante el proceso, qué órgano dictará las resoluciones y qué dispositivos estarán disponibles para atender las necesidades específicas de adolescentes sometidos a un proceso penal.
En la exposición se destacó la existencia de un enfoque interdisciplinario y de herramientas vinculadas con la justicia restaurativa. Estos conceptos suponen que la respuesta estatal no se concentre exclusivamente en la sanción, sino que también contemple la situación personal, familiar y social del adolescente, la reparación posible del daño y la prevención de nuevos conflictos, dentro de los límites que establezcan la Constitución y las leyes aplicables.
La discusión también planteó un problema de igualdad territorial. La representación porteña cuestionó que jóvenes que viven en una misma ciudad puedan quedar sujetos a estructuras institucionales distintas según el fuero que intervenga. La unificación o coordinación de criterios podría aportar mayor previsibilidad, aunque su resultado dependerá de las reglas concretas, los recursos disponibles y la articulación entre los organismos involucrados.
Qué delitos abarcaría el cuarto convenio de transferencia
El Cuarto Convenio de Transferencia Progresiva de Competencias Penales incorpora un conjunto amplio de figuras. En materia de delitos contra el honor, contempla calumnias e injurias. En el capítulo referido a la integridad sexual, incluye abusos, corrupción, prostitución y explotación, conforme al alcance indicado en la presentación institucional.
También aparecen delitos contra la libertad, como la reducción a la servidumbre, la privación ilegítima de la libertad y la sustracción de menores. A esto se suma la competencia sobre delitos vinculados con la seguridad del tránsito, un área que puede involucrar investigaciones complejas y coordinación con organismos administrativos y fuerzas de seguridad.
El convenio menciona además leyes especiales, entre ellas la normativa de propiedad intelectual, el ejercicio ilegal de la medicina veterinaria y la protección de la fauna silvestre. La inclusión de materias tan diversas exigirá precisar cómo se distribuirán las tareas entre fiscalías, juzgados, cuerpos periciales y organismos de prevención.
La enumeración no debe interpretarse como una transferencia inmediata. Mientras el acuerdo no sea aprobado y reglamentado, seguirán aplicándose las competencias vigentes. Para abogados, denunciantes, imputados y empresas, será relevante conocer la fecha efectiva de entrada en vigor, las normas de transición y el órgano que recibirá cada caso.
La posición de la Justicia porteña y el argumento de la autonomía
La exposición del Poder Judicial de la Ciudad estuvo encabezada por Javier Alejandro Buján, presidente de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas. El magistrado presentó un pronunciamiento del Consejo de la Magistratura porteño y otro de la cámara que preside, ambos favorables a la aprobación de los convenios y a la capacidad institucional para asumir las nuevas funciones.
La acordada presentada contó, según lo informado, con el acompañamiento de los doce jueces que integran ese tribunal. Además, se entregaron registros estadísticos oficiales destinados a respaldar la posición de la Justicia local y a mostrar su desempeño durante las últimas dos décadas.
Durante su intervención, Buján sostuvo que el sistema acusatorio porteño permitió reducir los tiempos de resolución y afirmó que la jurisdicción cuenta con experiencia suficiente para asumir nuevas atribuciones. También vinculó el reclamo con el mandato constitucional de avanzar en la autonomía de la Ciudad, una discusión que atraviesa desde hace años la organización judicial y política del distrito.
La jueza en lo Penal Juvenil, en uso de licencia, y actual secretaria general de Investigaciones y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad del Ministerio Público Fiscal, Bárbara Moramarco Terrarossa, señaló que la Ciudad ya atravesó tres convenios anteriores. Desde esa perspectiva, la experiencia acumulada constituiría un antecedente para afrontar la nueva etapa, aunque la ampliación prevista demandará capacidades adicionales.
Recursos, presupuesto y organización para aplicar los convenios
La transferencia de competencias no puede reducirse a una modificación formal de jurisdicción. Para que un sistema penal funcione se necesitan fiscalías, juzgados, defensorías, equipos técnicos, personal administrativo, infraestructura, sistemas de gestión y mecanismos de coordinación con la policía y otros organismos públicos.
En la audiencia, Eloy Aguirre Rébora, subsecretario de Finanzas del Ministerio de Hacienda porteño, expuso sobre los aspectos presupuestarios y planteó la necesidad de que la transferencia se realice con recursos. Ese punto resulta central porque una ampliación de atribuciones sin financiamiento suficiente podría generar demoras, sobrecarga de oficinas y dificultades para garantizar una defensa adecuada.
También será necesario establecer cómo se trasladarán los expedientes en trámite, qué autoridad resolverá los conflictos de competencia y qué reglas se aplicarán a las investigaciones iniciadas bajo el régimen anterior. Esas cuestiones suelen requerir normas complementarias y criterios uniformes para evitar decisiones contradictorias.
Para las personas involucradas en una causa, la transición puede tener efectos concretos sobre el lugar donde se presenta una denuncia, el tribunal que controla una medida cautelar, la fiscalía que interviene y los recursos disponibles. En el caso de empresas, la modificación podría incidir en investigaciones vinculadas con propiedad intelectual, seguridad vial, servicios profesionales o actividades reguladas por leyes especiales.
Qué deben verificar abogados, empresas y personas afectadas
La aprobación de los dictámenes no modifica por sí sola la situación procesal de ninguna persona ni transfiere automáticamente las causas. Quienes tengan un expediente penal deberán esperar el texto definitivo, la aprobación legislativa completa y las normas de implementación. La consulta con un abogado será especialmente importante cuando existan actuaciones en curso, medidas urgentes o plazos procesales próximos a vencer.
Las empresas y organizaciones que desarrollen actividades relacionadas con obras protegidas, circulación vehicular, servicios veterinarios o protección de fauna deberían seguir la evolución normativa y revisar sus protocolos internos de cumplimiento. El cambio de jurisdicción puede alterar la autoridad ante la cual se formula una denuncia o se responde un requerimiento, pero no elimina las obligaciones sustantivas previstas por las leyes.
En materia penal juvenil, las familias y los adolescentes deberán contar con información clara sobre el régimen aplicable, la defensa técnica y los dispositivos interdisciplinarios disponibles. La eventual transferencia tampoco permite anticipar por sí sola el resultado de una causa: las garantías constitucionales, el debido proceso y los derechos específicos de niños y adolescentes continuarán siendo parámetros obligatorios.
Transferencia penal a la Ciudad y sus efectos sobre la información jurídica en línea
La transferencia penal a la Ciudad también puede modificar la forma en que se busca y se consulta información jurídica. Si los convenios son aprobados, profesionales y ciudadanos necesitarán identificar con precisión qué fuero interviene, qué organismo recibe una denuncia y qué normativa regula cada etapa. Para estudios jurídicos, organismos públicos y empresas, la actualización de sus contenidos legales deberá contemplar las normas de transición y no solamente el texto del convenio.
La visibilidad de una guía jurídica dependerá de que distinga entre un dictamen, una ley aprobada, una reglamentación y una competencia efectivamente operativa. Presentar como vigente una transferencia todavía pendiente podría inducir a errores sobre plazos, tribunales y vías de reclamo. Por eso, los contenidos destinados a orientar al público deberán indicar el estado legislativo de la medida, citar fuentes oficiales y actualizarse cuando se conozcan las reglas de implementación.
Para quienes deban iniciar un trámite o intervenir en una causa, la información más útil será la que explique el momento exacto del cambio, los órganos competentes y el tratamiento de los expedientes anteriores. La prudencia resulta indispensable: los dictámenes abren el camino parlamentario, pero todavía no producen por sí mismos una nueva distribución definitiva de competencias.
El avance en el Senado marca una etapa relevante en el proceso de autonomía judicial de la Ciudad, aunque quedan instancias legislativas y operativas pendientes. La eventual transferencia deberá sostenerse con reglas claras, recursos adecuados y mecanismos que protejan los derechos de las víctimas, las personas imputadas y, especialmente, los adolescentes alcanzados por el nuevo esquema.
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